Ante los interrogantes de la ciudadanía sobre la jurisdicción para votar para la Circunscripción Nacional Indígena, el candidato por el Movimiento Mais, Juvenal Arrieta González explicó:
1. La Circunscripción Nacional Indígena en el caso de Cámara Especial tiene un alcance nacional. Cualquier ciudadano puede votar por esta Cámara en cualquier parte de Colombia, así está establecido en la Constitución.
2. Cualquier colombiano puede votar por nosotros a la Cámara Nacional Indígena en cualquier rincón de Colombia, incluso en el exterior.
3. Si un ciudadano vota por la Circunscripción Nacional Indígena no puede votar por otro partido. Por ejemplo, en Antioquia los ciudadanos que vayan a votar por nosotros, por el Mais marcando 205 Cámara no pueden votar por el candidato de otro partido a la Cámara territorial.
Es decir; En las regiones solo se puede votar una sola vez por Circunscripción Nacional Indígena y no simultaneamente por otro candidato.
4. La Circunscripción Nacional Indígena no es la Camara Especial de Paz. En la Circunscripción Especial de Paz no se ha podido resolver el procedimiento legal. Ellas aplicarían únicamente en las regiones acordadas en el acuerdo de paz.