Fallo del Tribunal Superior de Bogotá, condenaría a trabajadores de Cerro Matoso a vivir en condiciones indignas.
Un fallo en segunda instancia del Tribunal Superior de Bogotá, el cual se conocerá el próximo 30 de noviembre, puede significar un mensaje de tranquilidad en el entorno laboral de los trabajadores de Cerro Matoso, o por el contrario, en caso de confirmarse la decisión de primera instancia, condenaría a estos trabajadores a laborar bajo unas condiciones que atentarían contra la salud de los mismos.
Como es de conocimiento público, en un acto que vulneró principios jurídicos elementales, la juez 10 laboral de Bogotá concluyó que la empresa Cerro Matoso puede aumentar la jornada de trabajo en 12 horas a sus empleados, tras argumentar que la jornada de 8 horas no está definida en la Convención. Asimismo, sostuvo que la empresa puede modificar el reglamento interno sin consultar con los trabajadores, y que su deber es informar los cambios realizados y que la salud de los trabajadores no se ve comprometida con la jornada de 12 horas.
Ante este exabrupto jurídico, los trabajadores presentaron la apelación y esperan el fallo de segunda instancia en el Tribunal Superior de Bogotá. Sintracerromatoso argumentó que el fallo desconoció la Convención, el reglamento interno, las normas laborales colombianas y los convenios internacionales suscritos con la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
La historia del conflicto por las jornadas de 12 horas.
El conflicto laboral por las 12 horas empezó desde noviembre del 2014 cuando la empresa Cerro Matoso, de manera unilateral decidió extender la jornada laboral, al pasar de 8 a 12 horas diarias, sin importarle que en la Convención Colectiva vigente, en el artículo 9 y 17, está definida de 8 horas máximo, es decir, 42 horas semanales en promedio al año.
Como consecuencia del inconformismo de los trabajadores, los mismos lograron detener bajo el amparo de una tutela, el turno de 12 horas piloto en la unidad de mantenimiento mina, gracias a que el juez del juzgado promiscuo de Montelíbano les dio la razón, y ordenó a Cerro Matoso levantar dicho turno antes de 48 horas, y dejó la posibilidad para que el conflicto se dirimiera en una demanda en un término de dos meses.
A pesar de ello, Cerro Matoso, al cumplirse los dos meses, volvió a implementar el turno de las 12 horas , lo cual provocó que Sintracerromatoso convocara a una Asamblea de trabajadores, donde se votó la huelga por la violación a las normas convencionales, teniendo en cuenta, entre otros aspectos que había una imputación de cargos del Ministerio del Trabajo, donde condenaba a Cerro Matoso con una multa de 100 salarios mínimos legales por violación al Código Sustantivo del Trabajo, a la Convención Colectiva, así como el Reglamento interno del Trabajo, por querer extender de una manera arbitraria el turno de 8 a 12 horas.
Acuerdos que levantaron la huelga se dejaron de cumplir.
La huelga que se llevó a cabo desde el 17 de abril, hasta el primero de mayo, del 2015, tuvo unas bases fundamentales que sirvieron para levantarla y una de ellas la constituyó el acuerdo de no extender el turno de 8 horas; sin embargo la empresa hizo caso omiso a dicho compromiso y estableció en algunas áreas especificas la jornada de 12 horas.
El fallo que encendió las alarmas.
Las alarmas se encendieron en las organizaciones sindicales, nacionales e internacionales, con el fallo del pasado 28 de octubre, donde una juez prácticamente le da licencia a Cerro Matoso para que contra toda lógica implemente los cuestionados turno de 12 horas, sin importar antecedentes donde el Ministerio del Trabajo emitió concepto donde prohíbe turnos de 12 horas en las refinerías de Barrancabermeja y Cartagena, tras una consulta de la Unión Sindical Obrera, USO.
Más que un asunto sindical, es la salud de los trabajadores la que está en juego.
La actividad que se desarrolla en la mina de Cerro Matoso es de alto riesgo, y de hecho sus trabajadores cotizan en nivel 5 en la ARL, porque es una minería a cielo abierto, donde hay complejos procesos de fundición, se trabaja con temperaturas que van hasta 1600 °C, que es la temperatura de sangrado del níquel, hay material particulado, y se libera mucho CO2.
Los turnos de 12 horas atentan contra la salud de los trabajadores, debido a la sobre exposición a determinados factores de riesgo, como en este caso el Níquel y sus compuestos, así como también a las altas temperaturas. Es oportuno informar, que el riesgo en las jornadas de 12 horas, aumenta cuando las mismas se cumplen en horario nocturno. Todas estas condiciones de riesgo elevan el estrés, dada las características del ambiente en el entorno laboral, donde a mayor tiempo de exposición, se eleva el riesgo de absorber por cualquier vía corporal sustancias nocivas al organismo.
Es un hecho que los trabajadores de Cerro Matoso están expuestos a materiales que son cancerígenos, y la idea es evitar esos turnos de 12 horas para disminuir la exposición, contrario a lo que está haciendo la empresa, que en vez de buscar la disminución de dichos tiempos, los está aumentando.
Estadísticas que hay que observar con gran preocupación.
A diciembre del año 2012, la empresa tenía 1270 trabajadores, y habían estadísticas de 12 y 13 mil días de incapacidad al año hoy tiene 886 trabajadores y esas mismas estadísticas van de 13 a 14 mil días de incapacidad al año, lo cual evidencia que los días de incapacidad han aumentado, a pesar que ha disminuido el número de trabajadores.
La herencia mortal.
Un seguimiento a las historias clínicas de trabajadores, indica que hay muchos con problemas en su sistema óseo, con hernias discales, elevados niveles de azúcar, así como problemas digestivos, y una de las primeras conclusiones a la que han llegado, quienes vienen estudiando dichos casos, es que los turnos de 12 horas han agravado las patologías en los trabajadores. Cifras de la Asociación de Pensionados de Cerro Matoso, aseguran que son 22 los ex trabajadores de la empresa que han fallecido de cáncer.
Consulta al interior de trabajadores de Cerro Matoso.
Para medir la posición de los trabajadores de Cerro Matoso, con relación a los turnos de 12 horas, Sintracerromatoso realizó una consulta sobre si respaldaba o rechazaban el mencionado turno, con los siguientes resultaos: Por el No 311 votos y solo 5 respaldaron dicha jornada.