Por. Oswaldo Marchena Mendoza.

En Twitter, @marchenojob

6h_Z7Kig
William Quintero Villarreal.

La lucha de los habitantes de San José de Uré por mantener su independencia como municipio, está soportada en unos débiles cimientos jurídicos, lo cual apunta a que en los próximos días un fallo en primera instancia del Tribunal Administrativo de Córdoba, pueda sepultar definitivamente la ordenanza de la Asamblea Departamental que le dio vida jurídica.

Una de las pruebas que conspiran contra la creación legal del municipio, es una comunicación del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, dirigida a la entonces diputada Ana Luz Anaya el pasado 12 de agosto de 2012, donde la funcionaria de la entidad, Marta Emilia Ordoñez Gómez, aclara que una certificación supuestamente firmada por ella y expedida por la entidad, la cual sirvió para certificar el número de habitantes para legalizar la creación del municipio es falsa.

La Ventana consultó al abogado William Quintero Villarreal, quien demandó la ordenanza 011 que le otorgó al corregimiento de Uré vida jurídica como municipio.

IMG-20160301-WA0035                                 IMG-20160301-WA0036

La Ventana. ¿Por qué no es viable jurídicamente el municipio San José de Uré?

William Quintero Villarreal. lamentablemente no es viable jurídicamente por varias razones; de índole legal, porque la certificación que se aportó como requisito de índice poblacional exigido por la ley 617 al momento del proyecto de ordenanza que creó efectivamente al municipio, dicho documento adolece de fallas jurídicas en el sentido de que fue desmentido por el mismo DANE, entidad que supuestamente lo expidió, manifestándole al tribunal en su momento que la información contenida en dicho escrito no era la real; más aún que ellos nunca habían expedido ese tipo de constancia, lo cual evidentemente nos da a entender que el comité promotor en su afán de constituirse como municipio presentaron una información que no concuerda con la realidad, por cuanto hoy día, según la página web del DANE tiene un índice poblacional de 11 mil algo habitantes.

LV ¿Qué decía la aludida certificación que fue desmentida por el DANE?

WQ. Ellos presentaron una certificación expedida por la señora Martha Emilia Ordoñez Gómez, donde decía que el municipio tenía 14.329 habitantes y que, por lo tanto, sostenían que el mismo era viable en cuanto a ese requisito legal. Eso fue en el año 2006 y en agosto del 2008 la misma señora que expidió aparentemente, como funcionaria del DANE, le manifiesta por escrito a una diputada del departamento, Ana Luz Anaya, que ella no ha firmado ese documento, y señala varias razones técnicas internas de la entidad, que nos dan a entender claramente que ese documento no fue expedido de manera legal por la misma.

Además, dentro del proceso que inició el Ministerio del Interior, (Primera demanda), dentro de las pruebas que solicitaron, el mismos DANE, en el año 2010 certificó que esa región tiene un índice

poblacional de 10 mil 32 habitantes e igualmente contradice la supuesta certificación aportada inicialmente por el comité pro municipio.

LV. ¿Cuántas veces ha certificado el DANE que San José de Uré no tiene el número de habitantes para ser municipio?

WQ. En dos oportunidades, primero en la respuesta que le dieron al Ministerio del Interior, y recordemos que, en diciembre de 2015, el Magistrado que lleva el caso, tuvo a bien solicitar una prueba de oficio al DANE para que le certificara cuántos habitantes tenía ese municipio al momento de su creación, obviamente para efecto de esclarecer si reunía o no, la condición del índice poblacional. En el escrito del DANE que remitió al Tribuna Administrativo de Córdoba, se establece que efectivamente ese municipio contaba con un índice poblacional de 10 mil 032 habitantes, cifra esta que concuerda con la primera rectificación, por decirlo así-, que hizo el DANE durante el proceso anterior iniciado por el Ministerio del Interior.

LV, ¿En su momento era viable financieramente el municipio?

WQ. El Ministerio del Interior en su demanda hizo una serie de análisis basados en una certificación expedida por la Secretara de Hacienda del municipio de Montelíbano, a la cual pertenecía el corregimiento de Uré, donde establece, por ejemplo, que la sobretasa cauchera, que en el presupuesto presentado a la Asamblea aportaba 351 millones de pesos, pero dicho impuesto no existía en el año 2008. La misma Secretaría de Hacienda de Montelíbano, certificó que la sobre tasa ambiental le corresponde por ley indudablemente a la CVS y ellos incluyeron en su presupuesto 12 millones de pesos, valor que no podía incluirse, por no existir y también relacionan el impuesto al degüello de ganado mayor en 60 millones de pesos, cuando el valor real es cero pesos, teniendo en cuenta que este impuesto le corresponde al departamento.