La magistrada Catalina Díaz explicó que su papel fue de combatiente del paramilitarismo y no de tercero civil como él argumentó.
En diálogo con La W, la magistrada Catalina Díaz, presidenta de la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial Para la Paz (JEP) explicó que el ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso estaba buscando ser aceptado en calidad de civil colaborador o financiador de grupos paramilitares. Sin embargo, los magistrados hicieron un profundo análisis de la solicitud y determinaron lo contrario.
«Nosotros estudiamos rigurosamente la solicitud y las investigaciones de la justicia ordinaria y otros recursos. La Sala de Reconocimiento de la JEP concluyó que las actividades de Mancuso durante ese tiempo no eran de un civil, sino las propias de un combatiente para militar», explicó la magistrada.
Así, Díaz relata que Mancuso incluso explicó que él patrullaba con miembros del Ejército Nacional, portaba armas largas y participa activamente en acciones militares: «Eso no fue esporádico sino permanente y el Derecho Humanitario lo define como «participación directa en las hostilidades». La JEP no fue creada para los paramilitares, ya que para ellos fue creado su propio sistema».
De igual manera, la magistrada Díaz aseguró que existe una vía para que Mancuso entre a la justicia transicional.
«Mancuso puede ser oído como testigo si alguno de los magistrados considera que es pertinente escucharlo con esa figura. Sin embargo, no equivale a que acceda a un régimen de beneficios judiciales que son para los comparecientes», explica la togada.
Además, Catalina Díaz destacó que otros magistrados consideran que «se podía entender que había otras actividades, como colaborador o como financiador», e incluso otros consideran que «puede prevalecer el interés de la verdad al aceptarse a Mancuso».
«Fue difícil y lo debatimos muchísimo, estudiamos todo lo que había y esa fue la conclusión a la que llegamos. Los tres colegas han salvado votos por esas razones», aseguró la magistrada. Sin embargo, esta es una decisión de primera instancia y puede ser apelada.
Tomado de: Wradio.com