Salvaguardar el territorio y los bienes de las comunidades, ante la situación de orden público que se presenta en la región del Catatumbo, es la prioridad de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) como parte del cumplimiento del Decreto 108 de 2025, proferido por el Gobierno Nacional, en el marco de la Declaración de Conmoción Interior.
“La historia de la violencia en Colombia ha demostrado que, cuando se presentan estos hechos, se agudiza el despojo de tierras en los territorios afectados. La diferencia es que, en esta desafortunada situación que está viviendo el Catatumbo, podemos responder con mayor oportunidad. Más aún cuando estamos bajo un estado de conmoción interior», dijo Giovani Yule, director general de la URT.
Para Yule, el Decreto 108 de 2025 trae dos novedades importantes: la primera es adelantar medidas de protección colectiva, es decir, de una manera masiva se emprenden estas medidas ante las graves situaciones de violencia que dejan como consecuencia el desplazamiento de la población.
La segunda es que la URT puede aplicar estas acciones a través del Registro Único de Protección de Tierras y Territorios Abandonados (RUPTA), cuando una vereda, corregimiento, o municipio esté en riesgo inminente de desplazamiento o confinamiento.
En ese sentido, durante la vigencia del estado de conmoción interior, la URT impartirá medidas de protección a través del Registro Único de Protección de Tierras y Territorios Abandonados (RUPTA) sobre las tierras y territorios que sean abandonados como resultado del desplazamiento masivo, en riesgo de ser abandonados o por causa de esta coyuntura de conflicto armado en el Catatumbo.
La tarea enunciada avanzará para proteger los derechos de los propietarios, poseedores y ocupantes e impedir cualquier acción de enajenación o transferencia de títulos de propiedad de estos bienes, cuando tal acción se adelante contra la voluntad de los titulares. También se realizará la inscripción de las medidas preventivas y publicitarias frente a los poseedores y ocupantes.
Llamado a población del Catatumbo
Con base en este proceso, la URT hizo un llamado a la población del Catatumbo a que se acerque a las oficinas de la entidad en la región y haga uso inmediato de la herramienta del RUPTA para proteger sus bienes.
“Estamos invitando a la ciudadanía en general, a los líderes y liderezas de organizaciones sociales, Juntas de Acción Comunal rurales y urbanas, a las autoridades indígenas y afrocolombianas de los territorios a que se acerquen a las sedes principales de la Unidad de Restitución en Cúcuta, Bucaramanga y Valledupar, y a los puntos transitorios de atención que han sido instalados, con el fin de que hagan uso del RUPTA», dijo Jhon Jairo Rincón, director social de la URT.
Rincón reiteró que el RUPTA “permite proteger los derechos de propiedad, posesión y ocupación de personas, hombres y mujeres o personas con orientación sexual diversa que hayan sido afectados por desplazamiento forzado».
Criterios para hacer uso del RUPTA
En ese contexto, Rincón dio a conocer los cuatro criterios para poder hacer uso del RUPTA:
- Acreditar la identidad del propietario con la cédula de ciudadanía.
- Aportar información sobre el predio, nombre, lugar de ubicación, vecinos que tenía alrededor, forma de llegar, corregimiento, vereda, municipio, zona rural o urbana en el que se encuentra el predio que fue abandonado.
- Hacer una narración de los hechos de violencia, tiempo, modo y lugar que dieron origen al abandono y el contexto que se estaba experimentando en la zona que obligó a la persona, familia, pueblo o comunidad a salir desplazada.
- Aportar documentos que demuestren o acrediten la calidad del propietario, poseedor u ocupante.