La tenencia ilegal de fauna silvestre como mascotas es una práctica ancestral y cultural que afecta aves, mamíferos, reptiles y anfibios a nivel nacional, y además constituye un acto de crueldad hacia los individuos comercializados, ocasionando una amenaza directa contra el equilibrio de numerosos ecosistemas naturales del país.
Estas tradiciones culturales en nuestra Región enmarcan a las especies como un atractivo para el consumo o cautiverio, lo que ha generado la necesidad de intensificar las medidas de control y seguimiento a las actividades ilegales que vulneran el bienestar y salud de los animales.
En este sentido, la Policía Ambiental adelanta de manera continua procedimientos de incautaciones de fauna silvestre en zonas urbanas o rurales en la jurisdicción para hacer cumplir la normatividad vigente y rescatar la fauna en cautiverio. Considerando lo estipulado en la normatividad ambiental vigente que ampara las especies silvestres a nivel nacional:
Constitución Política de Colombia de 1991: Es deber del Estado la protección de la diversidad e integridad del ambiente, la conservación de las áreas de especial importancia ecológica y el fomento de la educación para el logro de estos fines.
Ley 599 del 2000, Artículo 328: Ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables: El que con incumplimiento de la normatividad existente se apropie, introduzca, explote, transporte, mantenga, trafique, comercie, explore, aproveche o se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticas de la biodiversidad colombiana, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multe hasta de treinta y cinco mil (35.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Ley 1774 de 2006, por medio de la cual se modifican el código civil, la ley 84 de 1989, el código penal, el código de procedimiento penal y se dictan otras disposiciones. Artículo 3. Principios. a) Protección al animal.
Ley 1333 de 2009: Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental.
Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana de la Policía Nacional. 2016. Tenencia ilegal de fauna.
En cumplimiento de las mencionadas normas ambientales, el día 03 de Noviembre de 2020, la Policía Nacional en puesto de control realizado en la terminal de transporte de la ciudad de Montería, realizó la incautación de un (1) ejemplar de la especie Amazona ochrocephala, conocida como loro moña amarilla, el cual era transportado de forma irregular; en un recinto inadecuado, manifestando conductas de estrés y agotamiento.
Cabe indicar que esta ave fue puesta a disposición de la Corporación CVS, en las instalaciones del Centro de Atención y Valoración de Fauna Silvestre – CAV, entra inicialmente aun proceso de aclimatación al CAV, y seguidamente se le realizó una valoración médico – biológica para determinar la condición del ave.
El individuo adulto ingresa al CAV, con signos de estrés, plumaje y piel en forma homogénea, opacidad del cristalino en ojo derecho con pérdida total de visión y pérdida parcial de la visión en ojo izquierdo.
Posterior al examen clínico, el animal fue ubicado en una zona oscura y tranquila, donde se le administraron líquidos y electrolitos y una dieta de adaptación, teniendo en cuenta que esta ave fue alimentada con pan, arroz y frutas, por un periodo de nueve (9) años en cautiverio. Esta alimentación generó un trastorno en su metabolismo, y por consiguiente la administración de una nueva dieta deberá realizarse siguiendo las indicaciones del veterinario – zootecnista, y con base en su condición corporal, edad y el estado de salud.
Esta ave al finalizar su etapa de cuarentena será dispuesta en un recinto de manejo, donde convivirá con otros individuos de su especie, hasta que finalice su proceso de rehabilitación y de ser posible reintroducirla al medio natural.
Es importante indicar que las vocalizaciones o imitación de actitudes humanas por parte de este tipo de aves, como los loros, son casos considerados como maltrato animal, tipificados en la ley penal. Estos procesos de humanización y adiestramiento de animales silvestres, pueden generar afectaciones en los individuos al querer considerarlos como mascotas, cuando en realidad no lo son.
Invitamos a la comunidad del departamento de Córdoba a participar de las acciones y programas de conservación adelantados por la CVS, en aras de promover la protección y conservación de la fauna silvestre, especialmente aquellas especies vulnerables de aprovechamiento ilegal, resaltando que la única forma de hacer conservación es con trabajo y compromiso comunitario.
Así mismo, la CVS recomienda reportar cualquier caso que atente contra el bienestar de la fauna silvestre, y en caso de evidenciar situaciones de tráfico y/o tenencia ilegal, comunicarse con nuestros medios de atención, a la línea 7890605 o al correo institucional cvs@cvs.gov.co.