No encuentro ninguna razón que justifique el sacrificio del complejo cenagoso, su riqueza hídrica, su biodiversidad y su valor histórico y cultural, para privilegiar la construcción de una vía. Las generaciones futuras reprocharán nuestra ceguera, indiferencia y complicidad con este crimen ecológico”: Magistrado, Pedro Olivella Solano.
Por: Oswaldo Marchena Mendoza.
@marchenojob
Es urgente viabilizar la variante Lorica, porque de lo contrario el municipio seguirá atorado de vehículos livianos y pesados; pero ese afán no nos puede llevar a presionar que se hiera de muerte al complejo cenagoso del Bajo Sinú. Para hablar de la obra el concesionario Ruta al Mar invitó a algunos medios y les dijo verdades a medias.
Lo primero que se debe decir, es que la CAR CVS no tiene paralizada la obra, porque esa Corporación como autoridad ambiental no se puede pronunciar hasta tanto el Consejo de Estado no falle en segunda instancia las medidas cautelares impuestas por el Tribunal Administrativo de Córdoba, en el Auto de fecha 19 de diciembre de 2017, consistente en la suspensión de las obras del proyecto “Variante Lorica”, especialmente sobre los tramos que afecten o comprendan el área del complejo cenagoso del Bajo Sinú, en el marco de una Acción Popular.
Ese mismo tribunal, en una sentencia de primera instancia del 12 de noviembre de 2022, Sala Tercera de Decisión, tras resolver esa Acción Popular, concedió el amparo al derecho colectivo al goce de un ambiente sano, y la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
Al parecer el alcalde de Lorica, Jorge Negrete no conoce el estado del proceso y Ruta al Mar les ocultó a los periodistas unas verdades que relato a continuación:
El cambio inesperado del trazado inicial.
La decisión inicial que adoptó la ANLA respecto al trazado que debía tener la vía está contemplado en el Auto 1935 de mayo 19 de 2015 donde se dijo que la variante debería ir por la margen izquierda con dos puentes sobre el río, cuya decisión se tomó después de dos años de estudios técnicos, de análisis y de haber socializado el tema con la CVS, la Alcaldía de Lorica y la sociedad civil. Fueron más de 24 meses de investigaciones y estudios para llegar a esa decisión y la misma se socializó con la comunidad (hay registros).
El Auto 1935 de mayo 19 de 2015. Fue notificado a la ANI el 20 de mayo de 2015, quedando ejecutoriado el 4 de junio de 2015, ya que contra el mismo no se interpuso oportunamente recurso alguno. 7 días después de conocerse el Auto, y de estar ejecutoriado, la ANI presentó un recurso de reposición, el cual la ANLA debió rechazar, porque se presentó de forma extemporánea el 11 de junio de 2015. A pesar de ello, la entidad le dio trámite y tomó una decisión contraria cambiando el trazado de la vía, mediante el Auto 2697 (el cual es ilegal).
En ese Auto la ANI insistió en que el trazado de la Variante Lorica, se haga adentrándose en el área protegida DMI (Distrito de Manejo Integrado) del complejo cenagoso del Bajo Sinú, permitiendo que se invada y afecte el área protegida, con consecuencias descomunales para el ambiente.   
Hay un asunto que permanece oculto, donde la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, pasó de agache y tiene que ver con dos conceptos: uno de la Alcaldía de Lorica y otro de la CVS, los cuales fueron utilizados para motivar la expedición del Auto 2697, donde aparentemente manifiestan estar de acuerdo con la construcción de la alternativa oriental optimizada, lo cual fue desmentido por la alcaldía y la CAR.
Ese concepto en mención fue cuestionado por la CVS mediante el oficio 090-4375 del 5 de noviembre de 2015, donde lo solicitó a la ANLA rectificar el numeral 4.2.3.1, en el que se manifiesta su conformidad con esa alternativa (trazado), afirmando en dicho documento que la ANLA, ANI, y Construcciones el Condor, no allegaron a dicha Corporación la información técnica adicional a los ajustes realizados en las alternativas del proyecto vial en cuestión para su evaluación por los técnicos de la CAR.
Le pregunté a un colega que estuvo en el recorrido con Ruta al Mar, si el concesionario les habló del Auto inicial que definió el tramo por la margen izquierda y sobre la solicitud extemporánea que presentó la ANI para cambiar el trazado. Me dijo que de eso no les hablaron.
La aclaración del voto de un Magistrado que constituye una ejemplar pieza de defensa jurídica del complejo cenagoso del Bajo Sinú.
Al resolver la Acción Popular, el Magistrado del Tribunal Administrativo de Córdoba, Pedro Olivella Solano, expidió una constancia donde aclaró su voto.
“Me permito aclarar el voto porque considero que las medidas de protección de los derechos colectivos relacionados con el medio ambiente sano, la existencia con el equilibrio ecológico, el manejo y aprovechamiento racional de recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, la conservación de las especies animales y vegetales y la protección de áreas de especial importancia ecológica, debieron consistir en la prohibición absoluta de la construcción de la variante vial Antioquia-Bolívar sobre la denominada Ciénaga Grande de Lorica, ya que existen otras opciones, como la variante occidental, que tendrían un menor impacto.
La preocupación del Magistrado y de muchos sectores en Lorica, se debe a que el actual fallo del tribunal le deja una puerta abierta a la posibilidad de afectar el Complejo Cenagoso del Bajo Sinú, bajo unas estrictas recomendaciones técnicas.
“No encuentro ninguna razón que justifique el sacrificio del complejo cenagoso, su riqueza hídrica, su biodiversidad y su valor histórico y cultural, para privilegiar la construcción de una vía. Las generaciones futuras reprocharán nuestra ceguera, indiferencia y complicidad con este crimen ecológico”, concluyó el Magistrado, Pedro Olivella Solano.