Con la resolución 20233040005155 de 2023, el Gobierno permitió que se comercialicen «estos elementos de protección personal, ensayados a partir de una norma que incorpora mejoras en los requisitos de seguridad».

«Los cascos que cumplan con el reglamento establecido deberán incluir en la etiqueta, además de los datos establecidos en el artículo 6 de la resolución 1080 de 2019, la indicación de no protección de la barbilla en caso de que no la ofrezca», indicaron desde mintransporte.

El Ministerio de Transporte precisó que esta no obliga a los motociclistas a cambiar sus cascos actuales, pero sí posibilita adquirir estos elementos de seguridad con los estándares fijados por las Naciones Unidas.

La actualización del Ministerio adopta el Reglamento Número 22 de Naciones Unidas, que trae al país una nueva alternativa de seguridad para los que no gusten de las que hay actualmente. Esa nueva certificación es la R22.06.

En la actualidad, los motociclistas están obligados a que sus cascos cumplan con, por lo menos, uno de los siguientes certificados de seguridad que son aprobados por el Ministerio de Transporte:

• ECE 22-05.

• Certificación DOT.

• NTC 4533.

• R22.06 (nuevo).

Según cifras manejadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), en 2022 el grueso de las muertes por accidentes de tránsito fueron de motociclistas. 4.274 usuarios de motos fallecieron el año pasado (el 59,35 % del total); 1.529 (21,23 %) fueron peatones y 563 (7,82 %) fueron usuarios de vehículo particular.