La alcaldesa de Chinú, Teresa Salamanca Otero, y el alcalde de Montelíbano, Francisco Alean Martínez, ambos del partido Cambio Radical, lograron salvar su elección en el Tribunal Administrativo de Córdoba, tras ambos demostrar que no estaban incursos en la causal de doble militancia.
Teresa Salamanca seguirá al frente del municipio de Chinú.
Teresa Salamanca había aspirado al Concejo de Chinú por el Partido Liberal, para el periodo 1988-2000, y nuevamente a la misma corporación también por el mismo partido para el periodo 2016-2019. Posteriormente, el día 25 de julio de 2015, Teresa Salamanca, se inscribió como aspirante a la alcaldía del municipio de Chinú para el periodo 2016-2019, por el Partido Cambio Radical, cargo que obtuvo en los comicios del 25 de octubre de 2015.
Según los demandantes de la elección de la actual alcaldesa de Chinú, se estructuró un incumplimiento de los requisitos formales de elegibilidad, especialmente el otorgamiento del aval por la persona no legitimada para hacerlo, y por configurarse la doble militancia política, tras argumentar que al momento de su inscripción la señora Salamanca Otero, pertenecía simultáneamente al Partido Liberal y a Cambio Radical.
Sobre la posible doble militancia, el Tribunal Administrativo de Córdoba, estimó: “Así las cosas, al afiliarse al Partido Cambio Radical, y obtener la condición de militante del mismo, se estructuró la causal de desafiliación automática del Partido Liberal Colombiano, y en esa medida no es dable afirmar que la demandada pertenecía simultáneamente a otro partido o movimiento político”.
Sobre la posible ilegalidad en el otorgamiento del aval, el alto Tribunal aseveró: “La sala precisa, que según las pruebas que obran en el expediente, tal como se demostró, la demandada recibió aval del Partido Cambio Radical, por quien estaba legitimado para hacerlo, conforme a documento idóneo que así lo acreditó.
Francisco Alean Martínez, mantiene su credencial como alcalde de Montelíbano.
Sostienen los demandantes, que Francisco Alean Martínez, había aspirado a la Alcaldía del municipio de Montelíbano, para el periodo 2011-2015, avalado por el movimiento político, Autoridades Indígenas de Colombia, AICO, y que aspiró nuevamente a la alcaldía del municipio, para el periodo 2016-2019, avalado por el Partido Cambio Radical. En las elecciones del pasado 25 de octubre, Alean Martínez resultó elegido alcalde del citado municipio.
Argumentaron los demandantes, que el demandado se encontraba impedido para ser elegido Alcalde, por encontrarse incurso en la causal de doble militancia, ya que el 24 de julio de 2015, cuando inscribió su candidatura para dicha alcaldía por el partido Cambio Radical, era aún militante activo y registrado dentro del movimiento político, Autoridades Indígenas de Colombia, AICO.
Sobre el asunto, el Tribunal Administrativo de Córdoba, adujo: “Así las cosas, al afiliarse al partido Cambio Radical, y obtener la condición de militante del mismo, a la luz del artículo 4 de los postulados de esa colectividad, se estructuró la desafiliación automática del Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia, y en esa medida no es dable afirmar que el demandado pertenecía simultáneamente a otro partido o movimiento político”.