El Consejo Nacional Electoral (CNE) negó de manera categórica la solicitud de revocatoria de la inscripción de la candidatura de Orlando David Benítez Mora, a la gobernación del departamento de Córdoba, interpuesta por un grupo de ciudadanos opositores a su campaña política, aduciendo una presunta inhabilidad, dado su parentesco con el subdirector ambiental de la Corporación Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge CVS, Juan Carlos Benítez Mora.
La alta corporación concluyó que el hermano del candidato a la Gobernación de Córdoba no ejerce autoridad administrativa como subdirector de Planeación Ambiental de la CVS, pues no está dentro del alcance de sus funciones.
“Por consiguiente no se configura la inhabilidad del numeral del artículo 30 de la ley 617 de 2000, máxime, cuando la labor del operador jurídico en estos asuntos debe guiarse por el carácter taxativo y de interpretación restrictiva de las causales de inhabilidad, estando de por medio el ejercicio del derecho fundamental a ser elegido y bajo el amparo del principio de capacidad electoral del artículo 1° del Código Electoral”, advierte en sus argumentos el alto tribunal.
En su parte resolutiva, el fallo, identificado bajo la resolución 6385 de 2019, señala:
Artículo primero: Niégase la solicitud de revocatoria de inscripción del candidato Orlando David Benítez Mora, a la Gobernación de Córdoba, por el Partido Liberal Colombiano.